Qué evalúa el médico en el reconocimiento
El reconocimiento incluye: agudeza visual (lo más importante), campo visual, visión de colores (daltonismo puede ser restrictivo para algunos permisos), audición, tiempo de reacción, pruebas de equilibrio, y evaluación de enfermedades que puedan afectar a la conducción (epilepsia, diabetes, problemas cardíacos). No es un reconocimiento general de salud: está específicamente orientado a las capacidades para conducir.
Enfermedades que generan restricciones pero no impiden el carnet
La diabetes tratada con insulina puede generar restricciones: se suele conceder el carnet pero con renovación más frecuente y con la restricción de no conducir ciertas horas después de poner insulina. La epilepsia controlada sin crisis durante al menos un año puede obtenerse el carnet con restricciones. Los problemas cardíacos controlados también permiten el carnet con revisiones periódicas. El médico evaluador decide caso a caso.
La visión: qué niveles se exigen
Para el permiso B (coche) necesitas: agudeza visual binocular de al menos 0,5 (5/10), campo visual de al menos 120 grados en horizontal, sin anomalías severas en la visión del color. Si usas gafas o lentillas y con ellas alcanzas esos niveles, tienes el permiso pero con la restricción "01" que obliga a llevar siempre la corrección puesta al conducir.
En resumen
El reconocimiento médico no es un trámite vacío: evalúa capacidades reales para conducir. Si tienes alguna condición médica que te preocupe, consulta con tu médico de cabecera antes del reconocimiento. La mayoría de condiciones crónicas bien controladas son compatibles con el carnet, a veces con restricciones.