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Dirección obligatoria — izquierda

🔵 Obligación

Señal R-400: Dirección obligatoria — izquierda

Obligación de girar a la izquierda en la próxima intersección.

⚠️ Trampa de examen

no confundir con la de giro a la derecha (R-405) ni con la señal de dirección prohibida.

La señal R-400 en detalle

Esta variante del sentido obligatorio lleva la flecha blanca girada hacia la izquierda: obliga a girar en esa dirección como único movimiento permitido.

Su código oficial es R-400, igual que el resto de las variantes. La orientación de la flecha no crea un código distinto en el catálogo.

Es menos frecuente que la de giro a la derecha, precisamente porque el giro a la izquierda cruza el sentido contrario y suele evitarse. Cuando se impone, es porque la ordenación del tráfico no deja alternativa: calles de sentido único, salidas que solo pueden desembocar en un sentido o accesos donde seguir recto llevaría a una vía cerrada.

Al girar a la izquierda hay que tener presente que la maniobra cruza la trayectoria del sentido contrario y, en ciudad, también los pasos de peatones de la calle de destino. Es un giro que exige más comprobaciones que el de la derecha.

📍 Dónde se coloca

En intersecciones donde solo se admite el giro a la izquierda, en salidas de recintos y aparcamientos, y en tramos con ordenación de sentido único. Suele reforzarse con flechas en el pavimento y, si procede, con semáforo específico de giro.

Qué debes hacer al verla

  • ·Girar a la izquierda, único movimiento permitido.
  • ·Colocarse a la izquierda del carril, señalizar y ceder el paso al sentido contrario si no hay semáforo que lo regule.
  • ·Vigilar el paso de peatones de la calle de destino: el peatón tiene prioridad al cruzar.
  • ·No cortar el giro: entrar en la calle de destino por su lado derecho.

🔀 No la confundas con…

  • R-302 (prohibido girar a la derecha): prohíbe la derecha y deja libre lo demás. No es equivalente a obligar a la izquierda.
  • R-407b (dirección recto o izquierda): permite dos movimientos.
  • R-304 (prohibido el cambio de sentido): prohíbe dar la vuelta, no regula el giro.

Preguntas frecuentes

¿Tengo prioridad al girar a la izquierda porque la señal me obliga?

No. La obligación determina hacia dónde debes ir, no te da prioridad. Debes ceder el paso al tráfico que circula en sentido contrario y a los peatones que cruzan la calle de destino, salvo que un semáforo regule la maniobra.

¿Puedo cambiar de sentido en lugar de girar?

No. El cambio de sentido es un movimiento distinto y la señal solo permite el giro a la izquierda. Además, en muchos de estos cruces el cambio de sentido está prohibido expresamente.

¿Cuál es su código oficial?

R-400. Todas las variantes de sentido obligatorio comparten ese código en el catálogo oficial y se diferencian por la orientación de la flecha.

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