El Diario del Conductor10 de octubre de 2026
Seguridad

Guantes, calzado cerrado y chaleco: el equipamiento obligatorio en moto desde 2026

Desde el 1 de octubre de 2026 el casco ya no es lo único obligatorio en moto: guantes en carretera, calzado cerrado en todas las vías y chaleco reflectante. Qué vale, quién está exento y cómo cae en el examen.

EEquipo Mundo Test· 10 de octubre de 2026· 8 min de lectura
Guantes, calzado cerrado y chaleco: el equipamiento obligatorio en moto desde 2026
Guantes, calzado cerrado y chaleco: el equipamiento obligatorio en moto desde 2026 · MundoTests

Durante décadas, la única prenda obligatoria para ir en moto en España fue el casco. Eso cambió el 1 de octubre de 2026: el nuevo Reglamento General de Circulación exige también guantes de protección en vías interurbanas, calzado cerrado en todas las vías y llevar un chaleco reflectante en la moto. Afecta al conductor y también al pasajero.

En resumen: desde el 1-10-2026, conductores y pasajeros de motos, ciclomotores, triciclos, cuadriciclos y quads deben llevar casco homologado R22 abrochado en todas las vías, guantes de protección en carretera (vías interurbanas) y calzado cerrado que cubra todo el pie también en ciudad. Las motos deben llevar a bordo un chaleco reflectante, que hay que ponerse al bajarse en la calzada o el arcén de una vía interurbana. Los ciclomotores pueden usar cascos certificados hasta el 1-10-2027.

Esta guía explica qué equipamiento es obligatorio, dónde, qué tipo de guante o calzado vale, quién queda exento, qué más cambia para los motoristas y cómo se pregunta en el examen del permiso A, A2, A1 o AM.

Qué dice exactamente la norma

La obligación está en el artículo 118.1 del Reglamento General de Circulación, en la redacción del Real Decreto 518/2026. Según su texto, los conductores y pasajeros de motocicletas o motocicletas con sidecar, vehículos de tres ruedas y cuadriciclos, ciclomotores y vehículos especiales tipo «quad» deben utilizar:

  • a) Cascos de protección homologados conforme al Reglamento UNECE R22, adecuadamente abrochados, cuando circulen en todo tipo de vías.
  • b) Guantes de protección cuando circulen por vías interurbanas.
  • c) Calzado cerrado, que cubra todo el pie, cuando circulen en todo tipo de vías.
Equipamiento obligatorio en moto (conductor y pasajero) Casco R22Todas las víasabrochado GuantesVías interurbanas Calzado cerradoTodas las víascubre todo el pie ChalecoLlevarlo en la motoy usarlo al bajarseen vía interurbana
Artículo 118 del RGC y anexo XII del Reglamento General de Vehículos, redacción del RD 518/2026.

Los guantes: cuándo y cuáles

Los guantes son obligatorios solo en vías interurbanas: carreteras convencionales, autovías, autopistas y cualquier vía fuera de poblado. En ciudad no son exigibles, aunque siguen siendo muy recomendables: las manos son lo primero que toca el suelo en casi cualquier caída.

¿Qué guante vale? El reglamento remite a una orden del Ministerio del Interior que fijará sus especificaciones técnicas. Mientras esa orden no se apruebe, la disposición transitoria segunda del RD 518/2026 dice que se utilizarán «guantes de protección de las mismas características que los que se usan en la actualidad». En la práctica, guantes específicos de moto. Como referencia de calidad, los guantes certificados como equipo de protección individual para motoristas siguen la norma europea EN 13594 y llevan su etiqueta en el interior: es la forma más sencilla de asegurarse de que un guante es «de protección» y no un guante de abrigo.

Unos guantes de lana, de jardinería o de ciclismo sin refuerzos difícilmente encajan en la idea de «guantes de protección». Si vas a comprar unos, busca refuerzos en la palma y los nudillos y un cierre en la muñeca que impida que se salgan en un arrastre.

El calzado: adiós a las chanclas en moto

El calzado cerrado es obligatorio en todas las vías, incluida la ciudad, y tiene que cubrir todo el pie. Quedan fuera:

  • Chanclas y sandalias.
  • Zapatos abiertos por detrás (zuecos, mules) o por delante.
  • Ir descalzo, obviamente.

Unas zapatillas deportivas cerradas o unos zapatos normales cumplen la norma, aunque no protegen igual que una bota de moto con refuerzo en el tobillo. Para el conductor de coche, en cambio, no hay ninguna norma específica de calzado: lo explicamos en ¿es ilegal conducir con chanclas o descalzo?, que se refiere a turismos.

El casco: homologación R22 y el plazo de los ciclomotores

El casco ya era obligatorio para conductor y pasajero en todas las vías. Lo que precisa ahora el reglamento es que debe estar homologado conforme al Reglamento UNECE R22, cuya versión vigente es la 22.06, y abrochado. Un casco sin abrochar se considera, a todos los efectos, como no llevarlo.

Los usuarios de ciclomotores tienen un margen: pueden seguir usando cascos certificados (no homologados R22) hasta el 1 de octubre de 2027, según la disposición transitoria primera.

Hay una excepción para los vehículos que tienen estructura de autoprotección y cinturones de seguridad, si así consta en su tarjeta ITV o certificado de características, como algunos scooters con techo: sus ocupantes quedan exentos de casco, guantes y calzado cerrado, pero deben llevar el cinturón abrochado.

Casco integral rojo colgado de una motocicleta

El chaleco reflectante, ahora también para motoristas

El RD 518/2026 introduce dos cambios relacionados con el chaleco:

  1. Añade un apartado 3 al anexo XII del Reglamento General de Vehículos: «Las motocicletas deberán llevar un chaleco reflectante de alta visibilidad». Pasa a formar parte del equipamiento obligatorio de la moto, como en el coche.
  2. El artículo 118.4 incluye a los conductores de motocicletas entre los que deben ponerse el chaleco cuando salgan del vehículo y ocupen la calzada o el arcén de una vía interurbana, por ejemplo tras una avería o una caída.

Si trabajas circulando en moto, ciclomotor, bici o patinete (reparto, mensajería), el chaleco es obligatorio siempre, en todo tipo de vías y también mientras circulas. Lo que se sanciona por no llevarlo lo tienes en multa por no llevar chaleco reflectante.

Un chaleco plegado ocupa muy poco: cabe bajo el asiento o en el bolsillo de la chaqueta. Algunas chaquetas de moto con paneles de alta visibilidad no sustituyen al chaleco certificado como EPI, así que lo prudente es llevar uno.

Otros cambios para motoristas que entraron el mismo día

NovedadQué permite u obligaArtículo RGC
Arcén en atascosCircular por el arcén derecho en tramos señalizados, con el tráfico detenido, en fila de uno y a 30 km/h como máximo36.3
IntercomunicadorPermitido si está certificado, integrado en el casco y se usa solo para comunicación o navegación18.2.a
Auriculares para músicaSiguen prohibidos, igual que cualquier dispositivo que reduzca la atención18.2
PasajeroMayor de 12 años con casco homologado (excepcionalmente mayor de 7 con padre, madre o tutor)12
RemolqueHasta el 50 % de la masa en vacío, de día y un 10 % por debajo de la velocidad genérica12.3
Aparcar en la aceraSolo si la ordenanza municipal lo permite y sin entorpecer a los peatones156.2

El uso del arcén merece una aclaración, porque es fácil de malinterpretar. No es una autorización general: solo vale en los tramos que el titular de la vía y la DGT acuerden y señalicen con señales verticales y marcas viales, y solo cuando los carriles estén parados por congestión. El motorista debe asegurarse de no poner en riesgo a ciclistas u otros usuarios del arcén, y abandonarlo si es necesario. Fuera de esos tramos, circular por el arcén sigue siendo infracción.

¿Cuánto es la multa por no llevar guantes o calzado cerrado?

El reglamento no fija una cuantía específica para cada prenda: la sanción se determina según el régimen de la Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial, que fija con carácter general hasta 100 euros para las infracciones leves, 200 para las graves y 500 para las muy graves, con un 50 % de descuento por pronto pago. Circular sin casco o con él desabrochado es infracción grave con pérdida de 4 puntos. La tabla completa de importes y puntos está en infracciones de tráfico: importes y puntos.

Por qué se ha aprobado este cambio

El propio preámbulo del Real Decreto 518/2026 lo explica: la siniestralidad de los motoristas «está muy por encima de la media» y el objetivo es «reducir la gravedad de posibles lesiones». Las manos y los pies son, junto con la cabeza, las zonas que más sufren en una caída de moto: por reflejo se apoyan las manos para amortiguar el golpe, y el pie queda expuesto al roce con el asfalto y al atrapamiento con la propia moto. Unos guantes con refuerzos y un calzado firme marcan la diferencia entre una abrasión y una fractura o una cirugía.

Además del equipamiento obligatorio, la chaqueta y el pantalón con protecciones, o un airbag de motorista, siguen siendo voluntarios pero muy recomendables.

Cómo cae en el examen de moto

Si estás preparando el permiso A2, el A1 o la licencia AM, estas preguntas van a aparecer, y con trampa en el «dónde»:

  • Los guantes: solo en vías interurbanas. Si una opción dice «en todas las vías», es falsa.
  • El calzado cerrado: en todas las vías, también en ciudad.
  • El chaleco: la moto debe llevarlo y hay que usarlo al bajarse en vía interurbana.
  • El arcén en atascos: solo en tramos señalizados y a 30 km/h como máximo.
  • Todo vale igual para el pasajero.

Practícalo con el test de moto o con los tests específicos del permiso A2 y la licencia AM. El resto de cambios del 1 de octubre, para todos los conductores, están en nuevas normas de tráfico desde el 1 de octubre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Son obligatorios los guantes en moto en ciudad?

No. El artículo 118.1.b los exige solo en vías interurbanas. En ciudad son voluntarios, aunque recomendables.

¿El pasajero también tiene que llevar guantes y calzado cerrado?

Sí. La obligación es para conductores y pasajeros por igual.

¿Afecta a los ciclomotores y scooters de 50 cc?

Sí. El artículo 118 incluye expresamente ciclomotores, triciclos, cuadriciclos y quads. Solo quedan exentos los vehículos con estructura de autoprotección y cinturones de seguridad.

¿Tengo que comprar un casco nuevo?

Si tu casco es homologado R22 (22.05 o 22.06), no. Si usas un ciclomotor con un casco solo certificado, tienes hasta el 1 de octubre de 2027 para sustituirlo.

¿Las motos tienen que llevar baliza V-16?

No. La obligación de llevar la baliza V-16 conectada se aplica a turismos, mixtos, mercancías y autobuses. Lo que sí deben llevar las motos desde el 1 de octubre de 2026 es un chaleco reflectante.

Fuentes oficiales

¿Listo para practicar?

Haz tests del examen DGT ahora

Más de 2.500 preguntas oficiales, gratis y sin registro.

Seguir leyendo

La gente también busca

Publicidad

Quitar anuncios con Premium →